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Esta semana, Daniel Luna Fals Secretario Administrativo y Financiero de la Gobernación del Cauca, anunció el aumento de puntos de recaudo del impuesto de vehículos como parte del Proyecto de Modernización que adelanta desde su cartera.
En diálogo con Proclama, Luna Fals expuso además de estos nuevos servicios, cómo se encuentran las finanzas del Departamento.
“Hemos ejecutado una primera fase de modernización en la Unidad de Rentas del Departamento que incluyó además de nueva tecnología, capacitación y mejoras en la infraestructura física en el edificio central de la Gobernación. También hemos fortalecido la Oficina de Cobro Coactivo lo cual nos está permitiendo más efectividad en el cobro”.
El funcionario argumentó además, que “Firmamos un convenio con la Alcaldía de Santander de Quilichao para la liquidación del impuesto de vehículos. Se hizo lo mismo con la Cámara de Comercio en el caso de la liquidación del impuesto de registro, para lo cual estamos financiando con recursos de la Gobernación, la ubicación de un técnico de apoyo a dicha labor”.
Se suscribió también convenio con el Banco Davivienda y desde el 25 de agosto se recauda el impuesto de vehículos en dicha entidad en Popayán y Santander de Quilichao de tal forma que los contribuyentes pueden adelantar el respectivo pago en sus jornadas habituales y extendidas.
Esta medida ha representado un gran avance en la actividad administrativa toda vez que se está logrando simplificación de trámites internos y se genera mayor seguridad en el recaudo del referido tributo.
Además del Banco de Occidente y de la entrada en operación de Banco Davivienda, la Secretaria de Hacienda espera ampliar servicios a una tercera entidad, ampliando puntos de recaudo para facilitar el pago a los contribuyentes. Igualmente se avanza en un proyecto tecnológico que debe permitir a la administración departamental ofrecer a los usuarios trámites por Internet y otros medios.
Respecto al comportamiento de las Rentas Departamentales, el Secretario Administrativo y Financiero, realizó un balance actualizado para PROCLAMA:
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Opinión
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William Osorio Suárez*
El artículo 515 del Código de Comercio define el concepto de establecimiento de comercio como un conjunto de bienes organizados por el empresario para realizar los fines de la empresa; el artículo 516 ibídem señala una lista enunciativa de bienes que forman parte del establecimiento de comercio, como son: 1. La enseña o nombre comercial y las marcas de productos y de servicios; 2. Los derechos del empresario sobre las invenciones o creaciones industriales o artísticas que se utilicen en las actividades del establecimiento; 3. Las mercancías en almacén o en proceso de elaboración, los créditos y los demás valores similares; 4. El mobiliario y las instalaciones; entre otros.
Cuando se enajena el establecimiento de comercio, en virtud del artículo 525 ibídem se presume que la venta se realiza en bloque o como unidad económica, sin necesidad de especificar detalladamente los elementos que lo integran; no obstante, es importante para efectos fiscales, discriminar los bienes que la conforma, con el fin de analizar fiscalmente la incidencia en forma individual.
Dentro de los bienes de mayor importancia y de mayor valor, encontramos los intangibles adquiridos y formados, como son la propiedad industrial, literaria, artística y científica, tales como patentes de invención, marcas, good-will, derechos de autor.
El costo fiscal para efectos del impuesto sobre la renta, de los bienes intangibles adquiridos está determinado por el artículo 74 del Estatuto Tributario y corresponde al costo de adquisición demostrado, menos las amortizaciones concedidas y la solicitada por el año o período gravable; igualmente para los bienes intangibles formados el artículo 75 ibídem presume que el 30% del valor de la enajenación constituye costo fiscal, para el efecto deberá figurar en la declaración de renta y complementarios del contribuyente correspondiente al año inmediatamente anterior al gravable y estar debidamente soportado mediante avalúo técnico.
Cabe anotar, que la venta de bienes intangibles adquiridos o formados (incorporales) no causa el impuesto sobre las ventas IVA porque no se configura el hecho generador y en lo relacionado con el impuesto de industria y comercio ICA, si los bienes intangibles constituyen activo fijo la enajenación no es gravada, en virtud al artículo 33 de la Ley 14 de 1983, en caso contrario la venta seria gravada.
En conclusión y para efectos fiscales, en el contrato de compraventa donde se transfiere la propiedad de un establecimiento de comercio, se debe detallar en forma específica (precio de venta) cada uno de los bienes que conforman el establecimiento de comercio, con el fin de poder determinar la incidencia impositiva en forma individual, de acuerdo a la naturaleza de los bienes que fueron objeto de la enajenación.
*Contador Público de la Universidad Surcolombiana, con especialización en Gerencia y Administración Tributaria de la Universidad Externado de Colombia. |
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Como positivo, calificó el balance de las rentas del Departamento, el Economista Daniel Luna Fals, Secretario Administrativo y Financiero, al presentar la tendencia fiscal del Cauca en lo corrido del año 2010. “Nuestras finanzas muestran una notable recuperación al finalizar el primer semestre del año. Ya reportábamos una excepcional tendencia en los primeros tres meses y aunque la tendencia continúa al alza, es importante poner especial atención a factores de la economía nacional que puedan interrumpir un crecimiento sostenido”, afirmó Luna Fals. |
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Jueves, 08 de Julio de 2010 09:59 |
Convenio con el Fondo de Garantías y Banagrario
A créditos por el orden de los 14 mil millones de pesos, accederán los pequeños y medianos productores del Cauca, después de que el Gobierno Departamental a través de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario oficializara el convenio con el Fondo de Garantías Complementarias y el Banco Agrario. De esta manera, los pequeños y medianos productores de los 42 municipios del Departamento, que no poseen garantías reales o suficientes para acceder a un crédito, podrán hacerlo por un monto que no supere los 50 millones de pesos.
El Gobernador del Cauca, Guillermo Alberto González Mosquera, anotó que este convenio permite a los pequeños y medianos productores del Departamento, acceder a recursos bancarios que trae la reactivación económica del sector agropecuario como es el propósito del programa de gobierno ‘Arriba el Cauca’.
De acuerdo, con la Secretaría de Desarrollo Agropecuario y Minero del Cauca, María Milena Banguero Carabalí, las garantías complementarias son un instrumento de apoyo financiero que otorga el Departamento con el ánimo de fortalecer el tema organizativo y acceso de crédito a los productores del Departamento. |
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Viernes, 19 de Marzo de 2010 11:25 |
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Por: actualicese.com
La legislación establece la obligatoriedad de renovar los 3 primeros meses del año la Matrícula Mercantil. ¿Pero cuál es su finalidad o qué pasa si no se renueva oportunamente? Quedan 8 días hábiles para renovar.
Lo primero: ¿Quiénes deben estar en el registro mercantil?
Todas las personas naturales, sociedades comerciales y civiles, empresas unipersonales, establecimientos de comercio, sucursales o agencias, sucursales de sociedades extranjeras y empresas asociativas de trabajo, que ejerzan actividades comerciales, tienen la obligación de efectuar el debido registro en el Registro Mercantil que llevan las Cámaras de Comercio del País.
¿Para qué sirve el Registro Mercantil?
Para darle publicidad a varios aspectos, veamos: - Demostrar la condición de comerciante, tanto para personas naturales como personas jurídicas.
Para demostrar ciertos actos que deben interesar a la comunidad en general, entre estos, el capital de la sociedad, la calidad societaria que tiene, el objeto social, la capacidad para contratar que tiene el gerente, los miembros de la junta directiva, quien es el Revisor Fiscal, etc. |
Por: actualicese.com
Publicado: 5 de Enero de 2010
 Con la expedición del Decreto 5054 de 2009, se fijó el nuevo auxilio de transporte que regirá todo el 2010 para los trabajadores que tengan derecho a éste auxilio.
El Decreto 5054 de 2009 expedido el pasado 30 de diciembre por el Gobierno Nacional, estableció para todo el 2010, como auxilio de transporte la suma de $ 61.500.
Es menester recordar, que los trabajadores que vengan percibiendo este auxilio desde el año pasado ($ 59.300 – 2009), automáticamente cambia, de tal manera que desde la primera quincena de enero de 2010, su valor es sobre la nueva base de $ 61.500 tal cómo lo estableció el Decreto en mención.
Recuerde que:
El auxilio de transporte se debe entregar obligatoriamente a trabajadores que perciban igual o menos de 2 s.m.m.l.v. (1.030.000 / 2010) excepto si:
La empresa suministra el servicio de transporte,
El trabajador reside en el mismo lugar de trabajo,
El trabajador vive a un par de calles que no necesita nunca de medio motorizado para llegar al sitio de trabajo.
Ver: Decreto 5054 de 2009 del 30 de diciembre, mediante el cual se fija el auxilio de transporte para el 2010
Si te ha interesado esta información, te recomendamos...
Abril 7, 2009 -- Si en Semana Santa no se labora el Lunes, Martes y Miércoles, se pueden descontar del Auxilio de Transporte Enero 6, 2009 -- Salario mínimo y Transporte en 2009: ¿$496.897 o $ 496.900 y $ 59.218 o $59.300? Noviembre 4, 2008 -- Auxilio de Transporte en Salarios Variables Julio 10, 2008 -- Auxilio de Transporte: trabajar medio tiempo NO justifica su pago parcial Junio 18, 2008 -- ¿Se deben tener en cuenta las Vacaciones y el Auxilio de Transporte en el cálculo de la Prima Legal de Servicios? |
Por: actualicese.comPublicado: 5 de Enero de 2010 Comience este 2010 con el pie derecho y de manera organizada. No deje que las deudas hagan de las suyas y póngase al día. Aquí le entregamos un breve y útil listado de web sites que pueden ayudarle a lograrlo.
Con la llegada de las nuevas tecnologías se ha producido un avance hacia lo puramente tecnológico, útil y cómodo para cualquier usuario, quien gracias a diversos sistemas de control, puede controlar sus propios movimientos financieros por Internet. |
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Misión Cauca apoyará a pequeños productores del departamento
Misión Cauca, es la convocatoria promovida por la Gobernación del Cauca a través de su Secretaría de Desarrollo Agropecuario y Minero con el apoyo de Misión Rural, que pretende impulsar proyectos productivos con un valor entre 20 y 35 millones de pesos cada uno, la cual está dirigida a pequeños productores de los 42 municipios del Departamento.
La idea es que asociaciones de productores caucanos de mínimo 20 socios, presenten sus proyectos productivos en todas las áreas agropecuarias y participen de esta convocatoria que elegirá los primeros 30 planes a los cuales se les asignarán recursos, para implementar cultivos, adecuaciones en parcelas, entre otros beneficios.
El lanzamiento de la convocatoria se realizará el próximo 18 de Enero en Popayán, el 19 de Enero en Santander de Quilichao y el 20 de Enero en El Bordo, y los resultados se conocerán en el mes de Febrero. Alerta en el departamento por efectos negativos del clima
Ante el intenso verano pronosticado por las autoridades ambientales debido al Fenómeno del Niño y los cambios climáticos en el planeta, el Gobierno Departamental hace un llamado a los ciudadanos, especialmente a habitantes de zona rural, para que protejan sus parcelas, evitando hacer fogatas que originen incendios forestales que destruyen el ecosistema, causan pérdidas humanas y a su vez efectos negativos en la economía del Departamento.
El Gobernador del Cauca (E), Álvaro Grijalba Gómez, invitó a todos los alcaldes a estar alertas a través de los Comités Locales de Prevención y Atención de Desastres, Clopad, así mismo, sancionar ejemplarmente a quienes causen las conflagraciones que se agravan debido a la sequía de la época.
Pérdida de cultivos por heladas
El municipio de Totoró ha sido la única localidad del departamento que hasta el momento ha reportado cultivos afectados por heladas, como lo aseguró María Milena Banguero Carabalí, Secretaria de Desarrollo Agropecuario y Minero del Cauca.
“Hasta hoy no hay reporte oficial de cuántas hectáreas se perdieron, pero se presume que un 80% de la producción de papa, ullucos y plantas aromáticas se perdieron”, señaló la Secretaria de Desarrollo Agropecuario.
Cabe aclarar, que el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Agricultura es directamente el encargado de otorgar los recursos para mitigar la emergencia por heladas. |
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La Asamblea departamental del Cauca aprobó el proyecto de presupuesto para el periodo fiscal del primero de enero al 31 de diciembre de 2010. En total se destinaron 441 mil 175 millones de pesos destinados a gastos de funcionamiento e inversión en el departamento.
La estructura presupuestal está dirigida primordialmente a la educación -se destinarán 266 mil 893 millones de pesos- y a la salud, con 75 mil 841 millones de pesos. Igualmente, se tuvieron en cuenta los sectores de vivienda de interés social, cultural y un especial incremento tuvo el sector deportivo, con miras a los Juegos Nacionales, por lo cual se incrementaron los gastos de funcionamiento y la inversión a través de Instituto Departamental de Deportes (Indeportes), que en el 20110 tendrá un presupuesto de 4 mil 136 millones de pesos.
La inversión en vías se tasó en 35 mil millones de pesos, sin contar con los recursos que llegan por documento Conpes para el departamento. Además, el Plan Departamental de Aguas, tendrá una inversión de alrededor de 100 mil millones de pesos. |
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Sábado, 17 de Octubre de 2009 02:36 |
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Rafael Andrés Guauña Aguilar, Promotor de Formación Empresarial de la Cámara de Comercio del Cauca, Seccional Santander de Quilichao, nos informa que la entidad ha preparado una agenda de formación para empresarios y entidades durante el presente mes, así:
LUNES 19 DE OCTUBRE – SANTANDER DE QUILICHAO Seminario: Obligaciones Tributarias de las Entidades Sin Ánimo de Lucro Fecha: lunes 19 de octubre. Horario: 9:00 am – 11:00m Lugar: Auditorio Cámara de Comercio del Cauca, Seccional Santander. Conferencista: Funcionario DIAN Dirigido a: Entidades Sin Ánimo de Lucro PARTICIPACIÓN GRATUITA-CUPO LIMITADO |
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Noticias
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Como en el juego “donde está la tapita”, el funcionamiento del sistema financiero a veces nos obliga a preguntarnos: ¿dónde este mi dinero?
Si se hace una transferencia virtual a una cuenta de ahorros o corriente de otro banco el viernes a las 5 de la tarde, por ejemplo, el dinero estará “desaparecido” durante todo el fin de semana, y si el fin de semana incluye un puente festivo, el dinero aparecerá el martes a medio día, aproximadamente.
Durante todo ese tiempo no es posible saber dónde está el dinero. En el banco originario, inmediatamente se realiza la transferencia, ya no aparece; es sistema habrá dicho “Transacción realizada exitosamente”, o algo similar, y ya en saldo no aparece ese dinero, pero luego si se revisa la cuenta destino, allí tampoco aparece. Ese dinero aparecerá el martes en las horas de la mañana, si se tiene suerte.
El anterior procedimiento que sucede en casi todos los bancos, hace que el dinero dure perdido hasta 4 días, días en que no se sabe qué banco lo tiene, y la pregunta siguiente es: ¿quién trabaja ese dinero durante esos 4 días?
Seguramente el banco origen le dirá que el dinero lo entregó el viernes a las 5 de la tarde, y el banco destino le dirá que lo recibió el martes a las 11 de la mañana, y posiblemente los rendimientos financieros se pagarán de acuerdo a esas horas y fechas, por tanto, el ahorrador podría estar perdiendo los rendimientos de 4 días, y por supuesto que lo perdido por el ahorrador generalmente coincide con lo ganado por los bancos, ¿pero cuál banco es el que gana? ¿El de la cuenta origen o el de la cuenta destino? Gran interrogante que sólo los iluminados del sistema financiero podrán responder. |
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Por: actualicese.com
Antes de escoger al Contador Público que se encargará de los activos, pasivos, cuentas y demás aspectos de su empresa, piense en varios ítems para que su decisión sea la correcta y no se lleve una sorpresa. Siete tips para que tenga en cuenta.
Retención en la Fuente, Declaración de Renta, Personas Naturales, Grandes Contribuyentes, DIAN, IVA… son algunos términos que pasan por la mente y salen de la boca de todo Contador Público. Y usted tiene su empresa debe tenerlos muy presentes. Pues bien, está claro que debe estar asesorado para no deberle nada al Estado y estar a Paz y Salvo.
El blog británico Accounting Tips nos presenta una serie de siete tips que pueden ser tenidos en cuenta a la hora de escoger el Contador Público de su empresa. |
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Lunes, 12 de Julio de 2010 15:40 |
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Por: actualicese.com
Durante Agosto y Septiembre de 2010 se vencerán los plazos para presentar oportunamente estas Declaraciones. Si se presentan en papel estado obligados a hacerlo virtualmente, tales declaraciones se darían por no presentadas Al respecto, es necesario tener presente que de acuerdo a lo indicado en el Artículo 579-2 del Estatuto Tributario ( http://www.estatutotributario.com/procesa1.php?texto=579-2), es el Director de la DIAN, con plena discreción, quién decide qué personas naturales o jurídicas quedan obligadas a presentar sus declaraciones tributarias en forma virtual. Si estando obligados a presentarla virtualmente lo hacen en papel, esa declaración se da por no presentada aunque tienen que pasar dos años para que la DIAN lo detecte y la de por no presentada (ver Concepto DIAN 62921 de Agosto de 2009: http://www.actualicese.com/normatividad/2009/08/04/concepto-062921-de-04-08-2009/). Téngase presente además que en el Parágrafo del Artículo 7 del Decreto 1791 de Mayo de 2007 (http://www.actualicese.com/normatividad/2007/05/23/decreto-1791-de-23052007/) se indica los casos en los que los obligados a declarar virtualmente lo podrán hacer en papel. |
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Miércoles, 21 de Abril de 2010 13:04 |
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Positivo balance financiero del Cauca en este primer trimestre
En el año 2.000, el Departamento del Cauca suscribió un Acuerdo de Reestructuración de Pasivos, Ley 550 de 1999, que permitió a la Gobernación del Cauca llevar a cabo una necesaria negociación de sus deudas, la concertación del pago de sus acreencias y la capitalización de sus pasivos.
Diez años después, el Departamento del Cauca ha logrado cumplir con todas las obligaciones establecidas en el acuerdo y ha honrado con ello los compromisos adquiridos de tal forma que a la fecha resta por pagar mil 365 millones de pesos, con lo cual finalizaría el acuerdo el 31 de Diciembre del presente año.
El Secretario Administrativo y Financiero del Cauca, Daniel Luna Fals, mencionó que en nota reciente la Dirección de Apoyo Fiscal, ha resaltado el cumplimiento que ha dado el Departamento del Cauca a la Ley 550. Tanto, que le ha sido otorgado el aval de endeudamiento a la Gobernación del Cauca por 35 mil millones de pesos para ejecutar el Plan Vial Regional, proyecto estratégico para el Desarrollo del Cauca y 2 mil 500 millones de pesos para inversiones en el Proyecto de Vivienda Ciudad Futuro las Guacas.
Balance primer trimestre de 2010
Luna Fals aseguró también que el Departamento del Cauca viene cumpliendo con la Ley 617 que fija la proporcionalidad entre los ingresos y los gastos del ente territorial, lo que permite confirmar que la Gobernación cumple con lo establecido por la norma y continúa con su política de austeridad en el gasto y estrategias para mejorar sus ingresos.
Respecto al escenario financiero, cabe resaltar el comportamiento del primer trimestre del 2010 que muestra ingresos por 5 mil 959 millones de pesos más que durante el mismo trimestre del año inmediatamente anterior lo que significa un incremento en los Ingresos del 46.60 %.
Finalmente, Luna Fals resaltó el optimismo del Gobierno Departamental esperando que el resto del año muestre la misma tendencia positiva lograda hasta ahora y reiteró su compromiso y el de la Secretaría a su cargo para mantener una gestión vigilante y efectiva en el manejo de los recursos y en la disciplina de los gastos. |
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Por: actualicese.com
Publicado: 12 de Enero de 2010
Con esta Ley se busca contar en Colombia con un mecanismo institucional para afrontar el coletazo de las pirámides, el duro invierno, y la recesión. El derecho a la insolvencia va a ser tan fundamental como el derecho a la tutela.
El Congreso ya aprobó el Proyecto de Ley que busca proteger a empleados, ganaderos, agricultores y profesionales independientes que, por circunstancias económicas, incumplen con el pago de sus deudas y se exponen a perder su casa, finca, activos productivos e incluso su patrimonio. Esta Ley, propuesta por el congresista Simón Gaviria, busca ser un salvavidas para los usuarios del sistema financiero y de las empresas de servicios públicos.
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Publicado: 5 de Enero de 2010
Una pregunta muy común a raíz del nuevo cambio de salario mínimo legal mensual legal vigente es si también hay cambios en el 2010 en los porcentajes que se pagan por Seguridad Social y Parafiscales.
A partir del 1 de enero de 2010, el salario mínimo mensual legal vigente subió a $ 515.000, el auxilio de transporte en $ 61.500. |
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Por: actualicese.com
Publicado: 5 de Enero de 2010  El pasado 30 de diciembre se expidió el decreto de aumento de salario mínimo para todo el 2010. Dicho aumento no puede ser concertado con el trabajador, ni tampoco se necesita modificar el contrato de trabajo.
Cuando un trabajador viene percibiendo un salario mínimo el año pasado ($496.000 / 2009), a partir de la primera quincena debe automáticamente su empleador empezar a pagársela sobre la base del nuevo salario mínimo mensual legal vigente establecido en el Decreto 5053 de 2009 cuyo monto es de $ 515.000.
El salario mínimo diario legal vigente será de ($ 17.166)
Dicha situación al operar automáticamente por mandato legal, NO necesita ningún tipo de acuerdo o modificación en el contrato de trabajo, ni siquiera se necesita incluir un otrosí, pues así en el contrato esté establecido cómo salario la suma de $ 496.900 que es igual al s.m.m.l.v. del año 2009, el decreto de aumento cambia tácitamente el valor del salario, ya que legalmente se debe cancelar para el 2010 el nuevo salario mínimo mensual legal vigente.
Recuerde que: si un trabajador labora la jornada máxima legal diaria de 8 horas, 48 a la semana o 240 al mes, NUNCA podrá su salario ser fijado por debajo del mínimo legal establecido en la ley.
Ver: Decreto 5053 de 2009 del 30 de diciembre, mediante el cual se aumenta el s.m.m.l.v. para el 2010
Si te ha interesado esta información, te recomendamos...
Enero 6, 2009 -- Salario mínimo y Transporte en 2009: ¿$496.897 o $ 496.900 y $ 59.218 o $59.300? |
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La Ley de Insolvencia para personas naturales beneficiará a empleados, ganaderos, agricultores y profesionales que se hayan colgado en sus deudas y busquen fórmulas de pago.
http://www.jrmora.com/blog El Congreso está a punto de aprobar un proyecto de ley que busca proteger a empleados, ganaderos, agricultores y profesionales independientes que, por circunstancias económicas, incumplen con el pago de sus deudas y se exponen a perder su casa, finca, activos productivos e incluso su patrimonio. |
Encuentro con la Creatividad, el Arte y la Educación
EN HONOR AL BICENTENARIO DE LA INDEPENDENCIA
Popayán, Noviembre 6 y 7 de 2009 Auditorio de Matemáticas - FACNED - Unicauca
Los días viernes 6 y sábado 7 se realizará en Popayán el VII Seminario de Formación Artística, Encuentro con la Creatividad, el Arte y la Educación, como espacio de reflexión y discusión de temáticas alrededor de la Educación Artística, dirigido a los maestros de Educación Artística en las instituciones educativas del Cauca. |
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Sábado, 17 de Octubre de 2009 02:14 |
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Por: actualicese.com
Si por alguna razón el empleador no tiene materia prima o simplemente no tiene nada que ordenarle al trabajador y lo devuelve a su casa, igual, el trabajador tiene derecho a su salario y prestaciones sociales por dichos días de inactividad. |
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